Te llegó una Observación de Fondo de INAPI
Si el examinador de INAPI objeta tu solicitud por causales de irregistrabilidad relativas (Art. 20 letras f, g, h o k) o absolutas (Art. 19), no todo está perdido: redactamos defensas jurídicas sólidas basadas en la ausencia de riesgo de confusión fonético y conceptual.
Actualizado el 15 de Septiembre de 2026 · Cristian Silva Cerda
Qué incluye
Análisis de factibilidad de defensa
Antes de redactar, evaluamos honestamente si la observación es rebatible — si no lo es, te lo decimos y evalúas alternativas sin gastar en una defensa perdida.
Redacción y firma de abogado
Fundamentos jurídicos redactados por abogado del estudio e ingresados en el expediente electrónico oficial de INAPI.
Monitoreo hasta la resolución
Seguimiento diario del expediente hasta la resolución de aceptación o el siguiente paso procesal.
Una observación de fondo no es un rechazo
Cuando INAPI publica una observación de fondo, mucha gente entiende que la marca se perdió. No es así: es el examinador diciendo por escrito qué le impide aceptar la solicitud tal como está, y abriendo un plazo para responderle. La solicitud sigue viva mientras ese plazo corre.
Lo que sí es cierto es que el plazo es fatal: si vence sin respuesta, no hay forma de reabrirlo. Por eso lo primero no es redactar, es leer la notificación y anotar la fecha.
Las dos familias de observación, y por qué se defienden distinto
La Ley N° 19.039 de Propiedad Industrial separa dos tipos de causal, y la estrategia de defensa no se parece en nada entre una y otra.
Las causales absolutas (artículo 19) miran el signo en sí mismo: que sea genérico, descriptivo del producto, engañoso o de uso común en el rubro. Aquí no hay un tercero al frente — el problema es el nombre. La defensa pasa por demostrar distintividad: que el conjunto tiene un elemento que sí identifica origen empresarial, o acotar la cobertura a productos donde el término no describe nada.
Las causales relativas (artículo 20, letras f, g, h y k) miran el signo contra otro: el examinador encontró una marca anterior y estima que hay riesgo de confusión. Aquí la defensa es comparativa, y se gana o se pierde en el detalle: el análisis fonético del conjunto, la distancia conceptual, la cobertura real de una y otra, y si los públicos a los que se dirigen se cruzan o no.
Lo primero que hacemos es decirte si conviene defender
Antes de redactar una línea evaluamos si la observación es rebatible. No todas lo son: hay marcas que efectivamente describen el producto, y hay coincidencias con registros previos que ningún argumento va a desarticular. Cuando ese es el caso te lo decimos, y evaluamos alternativas — modificar el signo, acotar la cobertura, presentar de nuevo — en vez de cobrarte una defensa perdida.
Si es rebatible, el escrito lo redacta y firma un abogado del estudio y se ingresa en el expediente electrónico de INAPI, con el expediente bajo monitoreo diario hasta la resolución.
Qué puedes hacer tú, hoy mismo
Busca el número de tu solicitud y revisa el estado en el buscador oficial de INAPI. Si la observación cita una marca anterior, anótala: esa marca es el centro de todo lo que viene. Y si estás evaluando un nombre nuevo, la búsqueda fonética previa es lo que evita llegar hasta aquí.
Ninguna defensa garantiza un resultado, y quien te diga lo contrario no está siendo honesto contigo: la resolución la toma INAPI. Lo que sí controlamos es que la respuesta entre dentro del plazo, con los fundamentos correctos y firmada por quien responde por ella.
Preguntas frecuentes
¿Qué es una observación de fondo?
Es la objeción que formula el examinador de INAPI cuando estima que tu marca infringe una causal de irregistrabilidad: similitud con marcas previas (causales relativas del Art. 20) o defectos intrínsecos del signo, como ser genérico o descriptivo (causales absolutas del Art. 19). Tienes un plazo legal acotado para contestar con fundamentos jurídicos.
¿Por qué es "contingente" el precio?
Si iniciaste tu registro con nosotros desde cero, este costo no se cobra por adelantado: se activa y se paga únicamente si la observación efectivamente ocurre. Si tu solicitud avanza limpia, te ahorras este dinero completo.
Mi solicitud la presenté por mi cuenta o con otra agencia, ¿aplica este precio?
Sí, con un paso previo: como no conocemos tu expediente, primero se cobra la Auditoría de expediente (el diagnóstico del estado real) y el resto de esta defensa se cobra aparte. Si presentaste con nosotros o tienes custodia activa, esa auditoría ya está hecha y no se cobra de nuevo.